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Bienvenidos a la Web de Torrico

Esta Web tiene como objetivo dar a conocer el día a día de Torrico a todos aquellos que dediquen parte de su tiempo a interesarse por nuestro pueblo.

Licencia de Obras

¿Qué tipo de licencia debe de pedir?

¿Obra Mayor o Menor? ¿Cómo proceder?

¿Cuándo se debe solicitar una licencia de obra menor?

Se consideran Obras Menores aquellas que no están sujetas a proyecto técnico, al no haber modificación de estructuras., tales como las reformas parciales que no sean estructurales, reparación, renovación, modificación y sustitución de suelos, techos, paredes, escayolas, chapados, instalación de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento y otros, pintura, estucado y demás revestimientos y carpintería interior.

Cuando se llevan a cabo obras en el exterior del inmueble que no afecten a elementos estructurales ni se refieran a la modificación general de fachada, como reparaciones parciales en paramento exterior de edificios; reparación y sustitución de bajantes de agua; pequeños anuncios luminosos en fachada; armaduras para sostener toldos; reparación de marquesinas; retejado de cubierta.
Si se realiza supresión de barreras arquitectónicas e instalación de ayudas técnicas que no afecten a elementos estructurales (sillas salvaescaleras en dominio privado).
Cerramiento, vallado de obras, fincas o solares con postecillos y mallas.

 

¿Cuándo se debe solicitar una licencia de obra mayor?

Cuando se realicen obras de nueva planta y de ampliación de edificios. Si las obras son de modificación o de reforma que afecten a la estructura del inmueble.


¿Qué documentación hay que aportar?

Solicitud debidamente cumplimentada.
Documentación que acredite la identidad de la persona física o jurídica que presenta dicha documentación.
Presupuesto aproximado de la obra.
Fotocopia del recibo del IBI (en caso de ser una parcela urbana) o de la cédula catastral (si se trata de una parcela rústica) o fotocopia de la escritura que acredite la propiedad del inmueble o terreno en el que se realizarán la obra.

En caso de licencia de obra mayor, además proyecto de ejecución; Oficio de dirección de Arquitecto.

La documentación debe presentarse en las dependencias municipales.

 

¿Qué tasa se debe pagar?

Una vez que los Servicios Técnicos Municipales analizan la solicitud presentada, el Ayuntamiento se pone en contacto con el interesado para informar de la concesión o no de la licencia. En caso de ser concedida deberá abonar la tasa correspondiente al 2,40% del importe de presupuesto de ejecución material revisado por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, estableciéndose una cuota mínima de 10 euros. .

     pdf-20x20  Ver las Ordenanzas fiscales del municipio.